El Observatorio Asturiano de Derechos Humanos para El Sáhara Occidental, la Asociación de Familiares de Presos y Desaparecidos Saharauis (AFAPREDESA), la Asociación Pro Derechos Humanos de España (APDHE), la Asociación Internacional de Juristas por El Sáhara Occidental (IAJUWS), el Observatorio Aragonés para El Sahara Occidental y la Asociación Canaria de Juristas por la Paz y los Derechos Humanos (JUPADEHU) presentan mañana viernes en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio escrito de oposición a la concesión de autorizaciones de exportación de material de defensa, de otro material y de productos y tecnología de doble uso al Reino de Marruecos.
La oposición se basa en la Ley 53/2007, sobre el control del comercio exterior de material de defensa y doble uso, en su artículo 8, determina la denegación de las autorizaciones de exportación en aquellos supuestos en los que existen indicios racionales de que el material de defensa puede ser empleado en acciones que perturben la paz, la estabilidad o seguridad regional, exacerbar conflictos o tensiones latentes, ser utilizados de manera contraria al respeto debido y la dignidad inherente al ser humano, o ser utilizados con fines de represión interna o en situaciones de violaciones de los derechos humanos. Y en este sentido, Marruecos viene vulnerando de forma continuada los derechos humanos de sus ciudadanos y de forma más grave en lo referente al Territorio No Autónomo del Sahara Occidental ocupado de forma contraria a Derecho e ilegalmente por Marruecos, sistemática violación de los derechos humanos que ha dado origen incluso a la tramitación de una querella por genocidio contra autoridades y militares marroquíes que se tramita ante el Juzgado Central de Instrucción Número 5 de la Audiencia Nacional, en las Diligencias Previas nº 362/07.
Por otra parte, es un hecho histórico y sobradamente conocido que la ocupación de parte del Territorio No Autónomo del Sahara Occidental por el Reino de Marruecos tiene su origen en una invasión de la ex-colonia española que ha sido objeto de condena internacional en numerosas resoluciones de Naciones Unidas desde el año 1976. Esta inv asión dio origen a un conflicto armado que en la actualidad se encuentra en situación de alto el fuego, supervisado por la Misión de Naciones Unidas para el Referéndum en el Sahara Occidental –MINURS O-. La invasión dio paso a una guerra que se prolongó durante 16 años hasta la firma de el alto el fuego de 1991, permaneciendo el Pueblo Saharaui bajo la ocupación y dominación de una potencia extranjera --Marruecos--, que impide a este pueblo el ejercicio del derecho a su libre determinación, reconocido, entre otras, por la Resolución 1514, de 8 de diciembre de 1960, de la Asamblea General de Naciones Unidas, lo que supone una denegación de los derechos fundamentales. El suministro por parte de España de armas a un país o Estado que como el Reino de Marruecos mantiene un conflicto bélico –con claras tensiones entre las partes- no resuelto definitivamente desde la invasión del antiguo Sahara español o Sahara Occidental y que bajo una situación de dominación colonial impide a la población Saharaui ultimar el proceso de descolonización contraviene la propia RESOLUCIÓN 2625 (XXV) de la Asamblea General de Naciones Unidas, de 24 de octubre de 1970, que contiene la Declaración Relativa a los Principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados De Conformidad Con La Carta De Las Naciones Unidas , infracción de la que es responsable el propio Estado español.
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