Nuestro compañero del Observatorio y profesor de la Universidad de Oviedo, Raúl Rodríguez Magdaleno, intervino en la IV La Cuarta Comisión de la Asamblea General de la ONU, encargada de los casos de descolonización en los siguientes términos que reproducimos y asumimos:
LOS DERECHOS DE LAS GENERACIONES FUTURAS: LA LIBRE DETERMINACIÓN DEL SAHARA OCCIDENTAL
El orden internacional de la Carta de las Naciones Unidas se ha consagrado, por primera vez en la historia de la Humanidad, a las generaciones venideras. Para darles un mundo mejor en el que vivir, se han creado grandes principios internacionales, que obligan a todos los Estados, sobre los que fundar un mundo más justo en el que reafirmar los derechos fundamentales del hombre, la dignidad humana y el progreso de todas las naciones y pueblos.
A lo largo de la Historia, esta organización y esta Comisión se han caracterizado por sus esfuerzos por tales ideales que, de manera ejemplar, se han materializado en la lucha contra la dominación colonial y extranjera y el principio de libre determinación de los pueblos. Todos los pueblos coloniales tienen derecho a su libre determinación, según la Carta de las Naciones Unidas, las resolución 1514 (XV), 1541 (XV) y 2625 (XXV) de la Asamblea General. De todos estos pueblos, sólo uno ha visto negadas sus pretensiones incluso cuando la propia Corte Internacional de Justicia le ha reconocido tal derecho, ya en el año 1975: el Pueblo Saharaui.
España, la potencia colonial administradora de este territorio abandonó a los saharauis dejándolos a la dominación extranjera marroquí, de manera ilegal y por ello sigue siendo, de hecho y para su vergüenza, la potencia colonial de este territorio, sin librarse de una sola de sus responsabilidades.
Desde entonces, Marruecos ha tratado de impedir el ejercicio de la libre determinación mediante medios bélicos y políticos, buscando convertir su anexión ilegal del territorio en un hecho consumado. Esta voluntad se encuentra con la firme y pacífica oposición de los saharauis que resisten en los territorios ocupados por Marruecos y aquellos que, como refugiados, viven en Tinduf.
Para mantener esta ocupación ilegal, Marruecos vulnera sistemáticamente los Derechos Humanos de los saharauis, incluso con cárceles ilegales donde la tortura es la práctica normal, y utiliza los recursos naturales de este territorio, por naturaleza y derecho de los saharauis, para pagar su ejército y las atrocidades que comente en el Sahara Occidental. Es tal la gravedad de la situación, que el propio Presidente del Consejo Europeo, Von Rompuy, admitió en la cumbre de Granada, la preocupante situación de los derechos humanos en el Sahara.
Marruecos y sus aliados retrasan la celebración del referéndum que ha de materializar el ejercicio del derecho de libre determinación del Sahara Occidental, objetando al censo de Naciones Unidas de manera contraria a la buena fe, sabedores de la crítica situación en la que viven los saharauis: los de los territorios ocupados, sometidos a constantes violaciones de sus Derechos Humanos y, los de los campos de refugiados, alejados injustamente de su patria.
Las generaciones futuras de saharauis, para quienes se redactó la Carta de las Naciones Unidas, sólo reclaman y confían en esta Comisión, para obtener lo que les concede el derecho internacional y les reconoció la Corte Internacional de Justicia ya en 1975: “...el principio de libre determinación a través de la expresión libre y auténtica de la voluntad del pueblo de este Territorio”.
IV Comisión, octubre 2010
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