domingo, 3 de febrero de 2013







asociación internacional de juristas por el sáhara occidental
-iajuws-


CRÓNICA JUICIO CONTRA EL GRUPO
DEL LOS 24 DE GDEIM IZIK

(01/02/2013)
  

  Acusados:      

                                                  
ENNAAMA ASFARI  -  AHMED SBAI  -  HASSAN  DAH  -  DEICH  DAFFI  - MOHAMED BANI  - MOHAMED BANI  - ELBACHIR  KHADDA  - EL HOUCEIN  AZAOUI  -  ETAWBALI  ABDALAHI  - MOHAMED TAHLIL  -  CHEIKH BANGA  -  SIDI ABDELJALIL  LAAROUSSI  -  BOURYAL  MOHAMED  -  LAKHFAOUNI  ABDALAHI  -  SIDI ABDERRAHMAN  ZEYOU  -  MOHAMED LAMINE HADDI  -  MOHAMED  ELBACHIR  BOUTANGIZA  -  ETTAKI  ELMACHDOUFI  -  SIDI ABDALLAHI  ABBAHAH  -  SIDI AHMED  LEMJIYED  -   BRAHIM ISMAILI  -  MOHAMED MBAREK  LAFKIR  -  MOHAMED  KHOUNA  BABAIT  -  EL BAKAY LAARABI  -   y  MOHAMED ELAYOUBI 


I.- ANTECEDENTES.-

A).- Detención y Situación Personal

Los veinticuatro acusados que conforman el denominado GRUPO DE LOS 24 DE GDEIM IZIK , fueron detenidos tras el desmantelamiento violento del Campamento de Gdeim Izik (EL Aaiún), por las fuerzas del orden marroquíes, el día 08 de noviembre de 2010.

Los veinticuatro acusados fueron detenidos en distintos momentos y lugares durante las semanas y meses posteriores a la destrucción del Campamento, y tras estar presos en la “Cárcel Negra” en El Aaiún fueron conducidos a la prisión de Salé (Rabat), donde han permanecido los dos últimos años.

Actualmente sólo uno de los imputados, MOHAMED ELAYOUBI   se encuentran en libertad provisional por razones de salud, permaneciendo el resto privados de libertad, encarcelados en la  prisión de Sale (Rabat).


B) Acusación

La acusación está ejercida por el Procurador del Rey (Ministerio Fiscal).
           Los hechos que se imputan a los acusados son:
a)      Pertenencia a banda armada
b)     Utilización de la violencia contra los representantes de la fuerza pública en el ejercicio de sus funciones.
c)      Ocasionar la muerte por empleo de la violencia de agentes marroquíes, que se imputa a   12 de los  acusados.
d)      Profanación de  un cadáver respecto a 2 de los acusados.
e)      Atentar contra la seguridad interior de Marruecos

C).- Defensa

La defensa de  los acusados   fue ejercida por un grupo de varios letrados entre los que se encontraban: Mtre.   L. Erquibi , Mtre. Boukhaled, Mtre. Bazaid, Mtre. Chalouk, Mtre. Dalil, y Mtre. F. Leili.

D).- Observadores Internacionales Juristas

Asistieron al Juicio Juristas de diferentes países y organizaciones, como son : del Consejo General de la Abogacía Española (España), de Francia, de Italia, de Luxemburgo, de Inglaterra, y de Suecia.
También estuvieron presentes representantes de diferentes organizaciones marroquíes de derechos humanos.

E).- Señalamientos del Juicio

Ésta es la tercera Convocatoria a Juicio efectuada por el Tribunal Militar marroquí, habiéndose suspendido las dos anteriores en fechas 24/10/2012 y  13/01/2012 sin argumentar la causa legal del aplazamiento.
Este Tercer señalamiento ha sido notificado directamente a los propios presos en fecha 31/12/2012, en la prisión de Sale en la que están encarcelados,
No consta que se haya efectuado la notificación a MOHAMED ELAYOUBI   se encuentran en libertad provisional.

F).- Acontecimientos extraprocesales a la celebración del Juicio

En los días previos al juicio, diferentes medios de comunicación marroquí publicaron varios artículos sobre el juicio, en los que se procedía a culpabilizar al GRUPO DE LOS 24 SAHARAUIS como responsables de la constitución del Campamento de Gdeim Izik y de la muerte violenta de militares y policías que intervinieron en el desmantelamiento del citado Campamento.
El día del Juicio a partir de las 8.00 horas de la mañana, frente al Tribunal militar de Rabat se produjeron dos concentraciones relacionadas con los acontecimientos acaecidos en el desmantelamiento del campamento de Gdeim Izik y las personas que iban a ser enjuiciadas.
Por un lado se concentraron familiares de los presos y un nutrido grupo de activistas saharauis de derechos humanos, que portaban pancartas solicitando la libertad de los presos políticos, fotografías del violento ataque al campamento, de las víctimas saharauis en el ataque y durante los días posteriores en la ciudad de El Aaiún, coreando asimismo cánticos y eslóganes a favor de la autodeterminación del Sáhara Occidental y contra la ocupación del territorio saharaui por parte de Marruecos.
Por otro lado, se concentraron familiares de las presuntas víctimas marroquíes en el ataque al Campamento, que se dirigían de forma directa a los observadores internacionales afirmando que ellos eran las víctimas y portando fotos de militares.
La calle de acceso a la sede del Tribunal estaba cortada al tráfico, apreciándose en la misma la presencia de más de cien agentes uniformados pertenecientes a los diferentes cuerpos de seguridad marroquíes.
La puerta de entrada al edificio judicial estaba controlada por un grupo numeroso de militares con perros, ocupándose ocho  agentes de controlar el acceso de cada una de las personas observadores internacionales que pretendían asistir al juicio, exigiendo la acreditación y el pasaporte. Superado este control externo, en el interior del edificio, existían dos controles más, obligándose a los observadores internacionales a dejar el pasaporte como condición indispensable para acceder a la sala del Tribunal.
Las fuerzas actuantes en el control exterior del edificio judicial prohibieron la entrada en el mismo a los familiares de los presos y a los activistas saharauis, permitiendo finalmente la entrada únicamente a quince familiares de los acusados. Asimismo los agentes permitieron sin ningún tipo de objeción la entrada a los familiares de las presuntas víctimas marroquíes que se encontraban en la concentración en el exterior.    

II .- BREVE CRÓNICA DE LA VISTA ORAL  

A las 09:40h. de la mañana se constituyó el Tribunal Militar, con el objetivo de proceder a la celebración del juicio  contra el grupo de los VEINTICUATRO GDEM IZIK.

De los veinticuatro imputados, fueron conducidos a la Sala del Tribunal los veintitrés que se encuentran privados de libertad desde hace veintiséis meses y encarcelados en la prisión de Salé. Los 
acusados entraron en la Sala coreando cánticos a favor del Frente Polisario y de la independencia del Sáhara Occidental, lanzando vítores a favor de Mohamed Abdelaziz, y ataviados con la tradicional vestimenta saharaui,” Darra”.

El Presidente del Tribunal procedió en primer lugar a la identificación de los acusados y de sus abogados, realizando únicamente la identificación del imputado Ennama  Asfari y sus defensores.
Seguidamente el Presidente presentó a los traductores que presumiblemente iban a intervenir en el Juicio Oral, que lo harían en los idiomas:  Hassanía, Francés, Inglés y  Español.

A continuación los Abogados de la Defensa tomaron la palabra para plantear las cuestiones previas iniciales, siendo estas las siguientes:

a)      Disconformidad por la utilización del árabe en el Juicio cuando todos los acusados hablan Hassanía y tienen dificultada para la comprensión del árabe.
Esta cuestión planteó un amplio debate entre las defensas y el Procurador del Rey (Ministerio Fiscal).
b)      Falta de resolución por parte del Tribunal de la prueba testifical interesada previamente al acto del juicio, reiterando en el acto la necesidad de que dicha prueba fuera admitida y que el Tribunal dispusiera todo lo necesario para la práctica de la misma.
En la relación de testigos propuestos se encontraba entre otros el Exministro  del Interior del Gobierno de Marruecos, un miembro del Parlamento Marroquí y varios Gobernadores de la zona.
A esta petición se opuso el Procurador del Rey por considerar que el procedimiento estaba bien instruido y no era preciso ninguna otra prueba. Los Abogados  defensores argumentaron la necesidad de dicha práctica probatoria en virtud de los principios de contradicción, legalidad, justicia aplicables y fundamentales en la jurisdicción penal.
c)      Protesta por la prohibición del acceso a la sala del Tribunal, a las familias de los acusados, impidiéndoles estar presentes en la celebración de la presente vista oral. Añade la defensa que tal actuación implica una contundente vulneración del principio de publicidad imperante en la jurisdicción penal.
Manifiestan igualmente los Abogados de la defensa que si se permitió el acceso a la sede del tribunal de las familias de las presuntas víctimas, lo que constituye una violación del principio de igualdad en el trato.
d)      Como cuarta cuestión las Defensas manifiestan su queja contundente por el amplio despliegue militar y policial dentro de la sala, en la que se encontraban más de un centenar de agentes uniformados y armados.

A cada cuestión planteada por las defensas el Presidente del Tribunal manifestó que tomaba buena nota de las mismas, acordando a continuación un receso de la vista para que el Tribunal se reuniese a deliberar y decidir sobre las cuestiones planteadas.
El receso se prolongó durante dos horas y media, tras las cuales reapareció nuevamente el Tribunal en la Sala para la continuación del acto del juicio.

 El Presidente del Tribunal manifestó que una vez estudiadas todas y cada una de las alegaciones efectuadas por las partes procedía a acordar lo siguiente:

1)      Que el juicio se celebraría en árabe y los traductores de Hassanía tomarían nota para informar resumidamente a los acusados.
2)       Que sobre la prueba testifical interesada por las defensas se acordó la estimación parcial de la misma, no siendo admitida la declaración testifical del exministro del Interior y del miembro del Parlamento Marroquí.
3)      Que la publicidad del procedimiento estaba garantizada, como era obvio, por la presencia de observadores internacionales y observadores de asociaciones marroquíes de derechos humanos  y que además se permitió la entrada de quince familiares de los acusados.
Del mismo modo manifestó que no era competencia suya, ni del Procurador  el  permitir la presencia de las familias al Tribunal.
4)      Que la presencia de las fuerzas de seguridad era para garantizar el orden y la seguridad.
En virtud de todo ello se procedía a la suspensión de la vista oral señalándose como nueva fecha para la celebración del juicio el día ocho de febrero a las 8:30h.
A consecuencia del nuevo señalamiento fue objetado de forma unánime por los letrados de la defensa que consideraban insuficiente el plazo de una semana para poder practicar las diligencias necesarias para la citación de los testigos y el necesario desplazamiento de estos y de las familias de los presos y de los propios Abogados, solicitando a continuación que se concediera un plazo de dos semanas para la celebración del juicio.
Petición que fue  desestimada por el Presidente declarándose como fecha para la celebración del Juicio la indicada, y dando por finalizada la sesión a las 13:50 horas.

                En Rabat, a 1 de febrero de 2013
                IAJUWS






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