lunes, 16 de julio de 2012

Juicio de estudiantes saharauis 12/07/2012

INTERNATIONAL ASSOCIATION OF JURISTS FOR WESTERN SAHARA
ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE JURISTAS POR EL SÁHARA
OCCIDENTAL
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CRÓNICA JUICIO CONTRA LOS SEIS ESTUDIANTES SAHARAUIS (12/07/2012)
Nuevo Señalamiento: 23 DE AGOSTO DE 2012 (Jueves)
Tribunal: Tribunal de Apelación de Rabat (Marruecos)
Acusados:
- BRAHIM CHLEIH ; - LAHBIB MANSOUR ; - AHMED AYOUB;
- MOHAMED BAREK ; - SLEIMA EL MOUSAA ; - ABAILI SAID
I.- ANTECEDENTES.-
A).- Detención y Situación Personal
Los seis estudiantes saharauis se encuentran privados de libertad desde la fecha de su detención el día 16 de Abril de 2011 en la ciudad marroquí de Rabat tras participar en una concentración en protesta por la muerte violenta de su compañero, también estudiante saharaui, HAMMADI HABBAD .
La muerte se produjo tras la agresión a los estudiantes saharauis por un grupo de marroquíes que hasta la actualidad no han sido detenidos por la policía de Maruecos.
B) Acusación
La acusación está ejercida por el Procurador del Rey (Ministerio Fiscal).
Los hechos que se imputan a los acusados son:
a) Pertenencia a banda criminal
b) Obstaculización del tráfico, circulación en la vía pública.
c) Daños en bienes de dominio público (papeleras)
d) Tenencia de armas blancas.
C).- Sentencia Iª Instancia Penal
En fecha 02 de diciembre de 2011, se celebró Juicio Penal contra los SEIS ESTUFDIANTES y fueron condenado por el Tribunal Penal de Salé (Rabat) a la pena de TRES AÑOS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD.
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D).- Defensa
La defensa de los acusados BRAHIM CHLEIM, AHMED AYOUB, ABAILI SAID, fue ejercida por el letrado BENBARKA.
Y, la defensa de LAHBIB MANSOUR, MOHAMED BAREK, y SLEIMA ELL MOUSAA, por el letrado EL BIKRI SAÏD, ambos del Colegio de abogados de Rabat
E):- Observadores Internacionales Juristas
Asistieron en representación del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE):
Dª Mª DOLORES TRAVIESO DARIAS (Abogada)
Dª Mª INES MIRANDA NAVARRO (Abogada)
II .- BREVE CRÓNICA DE LA VISTA ORAL DE APELACIÓN (12/0772012)
El pasado día 12 de Julio de 2012 a las 10:10 h. de la mañana, y después de cuatro suspensiones, se inició la celebración de la Vista Oral del JUICIO DE APELACIÓN contra el Grupo de los SEIS ESTUDIANTES SAHARAUIS, en el Tribunal de Apelación de Rabat.
Constituido el Tribunal, y presentados los acusados, los Abogados de la Defensa interesaron la suspensión e inhibición del Presidente del mismo, porque dicho magistrado fue miembro del Tribunal que dictó la sentencia condenatoria en primera instancia.
Ante tal alegación, el Tribunal se retiró a deliberar, y a los 10 minutos se constituyó nuevamente, sustituyendo a su presidente, estimándose así la pretensión de la Defensa.
Cuestiones Previas:
a) Los Abogados de la Defensa:
Iniciada la Vista Oral, los Abogados de la Defensa, plantearon las siguientes Cuestiones Previas:
1.- Falta de independencia en la actuación de la policía judicial, contra los acusados por su pertenencia y origen a una región específica del Sur de Marruecos.
Que la instrucción del procedimiento se ha llevado a cabo con criterios racistas.
Existencia en el dossier de una Carta de la Policía Judicial dirigida a sus jefes de “contenido racista hacia esta parte de Maruecos, constituyendo este procedimiento un Juicio Racista”.
Que la presencia de periodistas y de observadores Juristas internacionales, evidencian que no se trata de un juicio penal normal.
Que en el juicio de instancia no se discutieron todas las cuestiones obrantes en las actuaciones, y tampoco se incluyen en la sentencia referencia alguna a cuestiones
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efectivamente discutidas, por lo que interesaron la Nulidad de la sentencia y de las actuaciones.
2.- Nulidad del contenido de la sentencia y sus consecuencias, puesto que la misma se fundamenta en gran medida en una prueba de la que no se dio trasladó a las partes en la fase de instrucción, ni en el acto de la vista, no siendo sometida a contradicción ni constando su veracidad.
La prueba referida consiste en una “presunta grabación” obrante en un CD, que según contiene el fallo de la sentencia se obtuvo de un teléfono móvil.
3.- Ilegalidad de la detención de los acusados por la policía, puesto que el período de detención se excedió ampliamente de las 48 horas legales, sin razón alguna, sin prorroga judicial que la acordase, constituyendo por ello una “detención ilegal” .
3.- Insistieron los Abogados en que no se puede ejercer una Defensa sin conocer todas las pruebas con las que se pretende incriminar a su defendido, y que aparecen ex novo en la sentencia condenatoria, y sobre las que se pretende debatir en el Juicio de Apelación.
“La inobservancia por el Tribunal de estas alegaciones implicará que la defensa no pueda actuar, por lo que NO HABLAREMOS “, manifestaron los Abogados.
b) El Procurador del Rey (Ministerio Fiscal) se opuso a las Cuestiones Previas planteadas por la Defensa.
c) El Tribunal desestimó las Cuestiones Previas planteadas por la Defensa, y exigió a los Abogados respeto hacía el Tribunal, y celeridad en la celebración del Juicio.
Los Abogados mostraron su protesta, y manifestaron al Tribunal que querían ser tratados con el mismo respeto, y que no se les mermase su actuación en el ejercicio del derecho de defensa de los acusados.
Interrogatorio de las Acusados:
El Presidente del Tribunal procedió a efectuar directamente el interrogarlo de cada acusado, identificando a los mismos.
Todos los imputados negaron los hechos de la acusación, dos de ellos negaron su presencia en el lugar de los hechos habiéndolo acreditado con certificaciones que se aportaron y unieron al expediente penal durante la fase de instrucción
Uno de los interrogados, Brahim Chleih, alegó que se trataba de un juicio político, interrumpiéndole el presidente para ordenarle que se callara, y decir “que no quería oir esa expresión de político en su tribunal”, interviniendo seguidamente el letrado del mismo, para contestar al Presidente diciéndole “que estaba coaccionando al declarante y que dejara de amenazarlo”
El Letrado insiste en el tratamiento racista observado en el procedimiento, como lo demuestra, entre otros, el hecho de que cuatro de los detenidos con los acusados y no pertenecientes a la región del Sur de Marruecos, como los imputados, fuesen puestos en libertad de forma inmediata.
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Testifical.
Concluido el Interrogatorio por el Presidente, los Abogados interesan la práctica de la prueba testifical que fue denegada en primera instancia por el tribunal “a quo” , sin argumento alguno.
Inicialmente el Presidente se negó a la pretensión de la defensa, pero ante los argumentos de nulidad esgrimidos por los letrados, el Tribunal se retiró a deliberar, y finalmente accedió a la práctica de la prueba testifical solicitada.
Por dicho motivo se suspendió el Juicio acordando su reanudación para el día 23 de agosto de 2012 a las 09:00 horas.
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Como siempre es importante la presencia de Observadores Juristas Internacionales a los nuevos Juicios, por lo que a todas las personas juristas que puedan asistir que se pongan en contacto con: INES MIRANDA contestando al presente correo, (inesjuristas@gmail.com)
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