miércoles, 14 de octubre de 2009

OBSERVACIÓN DE JUICIOS


Nuestra compañera Gemma Arbesú, Secretaria del OAPSO, asistió como Jurista Observadora Internacional al Juicio de Apelación contra los activistas saharauis defensores de derechos humanos, DADI HMADA y BOUBAKAR ALIYEN.

Este es un breve informe de lo acontecido en el juicio celebrado el pasado día 12 de octubre de 2009, acompañado por una foto de la Corte de Apelación.

A las 09:20 horas del lunes 12 de octubre de 2009 se inició en la Corte de Apelación marroquí en la ciudad saharaui de El Aaiún el Juicio de Apelación contra los activistas saharauis defensores de derechos humanos DADI HMADA y BOUBAKAR ALIYEN. A las 15:00 horas, se dictó la sentencia por parte del Tribunal de Apelación, por la que se confirmaba la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Penal de Smara; TRES MESES DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD Y MULTA DE 500 DIRHANS, aunque la situación personal de ambos presos quedaba de distinta forma:
- El acusado BOUBAKAR ALIYEN quedaba exento de cumplimiento, y su liberación se producía en la tarde del lunes.
- El acusado DADI HMADA debe cumplir íntegramente la condena de privación de libertad en un establecimiento penitenciario marroquí.

Antecedentes

Los activistas saharauis defensores de derechos humanos DADI HMADA y BOUBAKAR ALIYEN, este último estudiante de Derecho, fueron condenados el pasado día 23/09/2009 por el Tribunal Penal de Smara a la pena de 3 MESES DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD Y A UNA MULTA DE 500,00 DIRHANS, considerándoseles culpables de :
-. Participación en manifestaciones, portando armas, en la ciudad de Smara.
-. Agresión a funcionarios públicos (policías marroquíes) , en la ciudad de Smara.
-. Ocupación ilegal de la vía pública, en la ciudad de Smara.
-. Llevar consigo material peligroso (no se especifica en qué consiste)

Ø La defensa estaba constituida por los Abogados:
Erguibi Med. Elhabib y Mohamed Fadel Leyli. Bazid Lamad, Boujali, y Moubare Abdelkrim

Ø Las Juristas Observadoras Internacionales fueron asistidas en la traducción por el saharaui Hmad Hadmad, quien inicialmente vio impedido su acceso al edificio judicial, por las fuerzas policiales marroquíes, teniendo las Observadoras que solicitar una entrevista con el Primer Presidente del Tribunal y con el Procurador para que adoptasen las medidas necesarias que permitieran el libre acceso de Hmad a la Sala de Juicio, para desempeñar las funciones de traductor. Inicialmente hubo reticencias por parte del Presidente y el Procurador, que finalmente optaron por respetar el mandato que las Juristas llevaban del Consejo General de la Abogacía Española para asistir como observadoras internacionales al Juicio.

Ø Una vez ubicadas en la Sala de Juicios, se apreció la gran presencia de policías uniformados, más de 12, y de muchos agentes de la seguridad secreta y militar marroquí.

Ø Se prohibió violentamente la entrada de los hombres y mujeres saharauis integrantes de algún comité de defensa de derechos humanos, o de cualquier otro, sometiendo a la Sra. SOUKAINA JID AHLOU EL IDRISSI (Presidenta del Forum por la Mujer Saharaui) y a las mujeres que la acompañaban a malos tratos, golpes, insultos y torturas en la puerta del edificio judicial impidiéndoles el acceso al mismo. Todas ellas, y algunos otros saharauis, familiares de los acusados, se habían trasladado de la ciudad de Smara para asistir al Juicio de del lunes.

Desarrollo de la Vista

Ø Los jóvenes entraron en la Sala significando con sus manos el símbolo de la victoria, y coreando eslóganes a favor de la Paz y la Autodeterminación del pueblo Saharaui.

Ø Los Acusados no pudieron ataviarse con sus “derrás”, vestimenta tradicional saharaui muy utilizada por la población saharaui, porque se lo han prohibido en las cárceles quitándoles las ropas saharauis que puedan tener. Por ello, comparecieron ataviados con ropa occidental.

Ø Tras la identificación de los acusados y sus defensas por parte del Presidente del Tribunal, se inició el Interrogatorio de los mismos.

Ø Una vez más, la carga acusatoria del Interrogatorio de los Acusados fue llevada a cabo exclusivamente por el Presidente del Tribunal, incidiendo inquisitorialmente en la culpabilidad de los imputados.

Ø El Tribunal aportó contra los acusados, una “carta” que decían había sido firmada por el acusado BOUBAKAR ALIYEN, en la prisión de Samara, después del Juicio de primera instancia reconociendo su participación en los hechos que se le imputaban.

Ø Los imputados, DADI HMADA y BOUBAKAR ALIYEN, negaron todas las acusaciones que les hacía el Juez, y manifestaron, igual que lo hicieron en el Juicio de primera instancia,

“…que habían sido torturados por la policía marroquí en Smara, y por los agentes de la prisión que les obligaban a “firmar papeles” cuyo contenido desconocían, que su implicación en cualquier hecho había sido pacífico exigiendo la Libertad del Pueblo Saharaui, apoyando al resto de sus compañeros saharauis que estaban siendo torturados y desaparecidos en el resto del Sahara Occidental por las fuerzas marroquíes … ”.

Cada vez que los Acusados aludían a la cuestión del Sáhara Occidental, a su defensa de la Paz, a que su detención y enjuiciamiento era una cuestión política, el Tribunal los mandaba callar con dureza y les prohibía continuar hablando.

Ø Los Abogados de la Defensa, vieron cercenados todos los medios de prueba propuestos, no siendo admitido ninguno por parte del Tribunal (exactamente igual que ocurrió en el Juicio de instancia).
La Defensa insistió nuevamente en la absoluta inocencia de los Acusados, en la inexistencia de prueba alguna que siquiera indiciariamente les mostrase como culpables (no hay testigos, no hay parte de lesiones, no hay policía que corrobore la detención y participación de los activistas en los hechos que se les imputan…..).
Se insistió también por los Abogados de la Defensa en que el Juicio se alejaba de los postulados racionales y serios del sistema penal y del Derecho Penal, que se incumplían las leyes internacionales , y que estos jóvenes activistas, DADI HMADA y BOUBAKAR ALIYEN, al igual que muchos otros en el Sáhara, son perseguidos por cuestiones políticas, por exigir vivir en Paz y reclamar la Autodeterminación del Sáhara, y desde luego son acciones pacíficas que no merecen reproche penal alguno, por lo que se estaba dando a los defensores de la Paz como si fuesen autores de “delitos comunes".
Se insistió también en denunciar las torturas a las que habían sido sometidos los activistas encarcelados, y el engaño al que fue sometido el joven DADI HMADA, quien en ningún momento supo que había firmado el “documento carta” aportado por el Tribunal en el Juicio de Apelación que se estaba celebrando, y que se había privado a la defensa del conocimiento de ese documento, manteniéndolo como secreto por parte del Tribunal.

Ø El Procurador del Rey, únicamente intervino en el momento de los Alegatos Finales para entregar un escrito al Tribunal solicitando el incremento de la pena a los acusados en la mayor medida posible sin concretar más su petición, ni argumentar la misma. Esta es la primera vez que dicha solicitud se hace por escrito por parte de la Acusación Pública.

La sentencia

La sentencia que se hizo pública a las 15:00 horas, CONFIRMA LA SENTENCIA CONDENATORIA DICTADA EN PRIMERA INSTANCIA POR EL TRIBUNAL PENAL DE SMARA, aunque procede a suspender el cumplimiento de la misma para DADI HMADA

DADI HMADA ha sido liberado el lunes.
BOUBAKAR ALIYEN continúa en prisión.

Asistieron como Juristas Observadoras Internacionales:
Dña. ANA PÉREZ NORDELO, Abogada – Consejo General de la Abogacía Española
Dña. GEMMA ARBESÚ SANCHO, Abogada – Consejo General de la Abogacía Española
Dña. ROCÍO MENDOZA SERRANO, Abogada - ICA de Sevilla

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