jueves, 5 de noviembre de 2009

MUDOS Y CIEGOS. NOTICIA URGENTE DE LA REPRESIÓN


En los primeros días del mes de noviembre de 2.009 un grupo de Juristas Observadoras Internacionales, Inés Miranda Y Araceli Fernandez De Córdoba, se trasladó a la ciudad del Aaiún para asistir a los juicios contra los activistas saharauis-defensores de los derechos humanos Zribia Jalilia y Cheik Amaidan, señalado para el día 4. Con ocasión del viaje, las citadas Juristas Observadoras concertaron una entrevista con la conocida activista saharaui El Ghalia Djimi, que accedió a recibirlas. Cuando se encontraban en su domicilio, agentes de los diversos cuerpos de seguridad de Marruecos se presentaron en el mismo e invocaron una “presunta y reciente ley marroquí” de ese mismo día por la que sería exigible la necesidad de un permiso que autorizase la visita de personas extranjeras a los domicilios de los saharauis. Las abogadas españolas adujeron su acreditación por el Consejo General de la Abogacía Española, y del pleno conocimiento del Ministro de Exteriores de España, y de la administración del Reino de Marruecos, de la estancia de las mismas en el Territorio, de la labor que desempañaban. No obstante el policía perteneciente a la Brigada de Extranjeros y a la DST que dirigía el operativo, arrojó el documento gritando que el mismo no era válido que se precisaba la autorización del Departamento de Comunicación de Marruecos, y gritando que no era “Territorio No Autónomo del Sáhara Occidental” , que estábamos en “Marruecos” y que el “Sáhara es Marroquí”, extremos que repitió a gritos en varias ocasiones. Las observadoras españolas se vieron obligadas a abandonar el domicilio de la activista saharaui, que durante toda su estancia en la ciudad fueron perseguidas de forma acosadora por las fuerzas de seguridad marroquíes.

Los juicios, de cuyo seguimiento se dará debida noticia, se suspendieron, en el caso de Cheik Amaidan, por la imposibilidad de haber accedido al expediente judicial, y en el caso de Zribia Jalili, por la falta de citación y asistencia de los testigos.

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